Calendario tributario 2026 para pymes en Costa Rica.

Qué declarar cada mes, cada trimestre y cada año desde que Hacienda pasó a TRIBU-CR, con los próximos vencimientos.

Revisado el 26 de octubre de 2026 · 7 minutos de lectura

Desde el 6 de octubre de 2025, las declaraciones se presentan en TRIBU-CR, la plataforma que reemplazó a ATV. Las obligaciones son casi las mismas, pero cambiaron los nombres de los formularios y algunas fechas. Esta guía resume lo que una pyme o un profesional independiente debe tener en el calendario.

Qué cambió con TRIBU-CR

Lo más visible es la numeración de los formularios. Si busca una declaración por su nombre anterior, esta tabla le ayuda:

DeclaraciónAntes (ATV)Ahora (TRIBU-CR)
IVA mensualD-104150
Renta anualD-101101 personas físicas, 102 personas jurídicas
Régimen SimplificadoD-105104, 105 y 153
RetencionesD-103131 a 147
Operaciones sin comprobante electrónicoD-151270

Además, cada contribuyente, aunque ya estuviera inscrito en ATV, debe crear su usuario en TRIBU-CR y confirmar sus datos en el Registro Único Tributario (RUT). Mientras no lo haga, no puede declarar ni pagar.

Cada mes

  • IVA (formulario 150): se declara y se paga a más tardar el día 15 del mes siguiente. Si el 15 cae en fin de semana o feriado, pasa al siguiente día hábil. Se presenta aunque no haya tenido ventas.
  • Retenciones (formularios 131 a 147): si su negocio retiene impuestos, por ejemplo sobre salarios, también declara cada mes.
  • Aceptación de facturas de compra: los comprobantes que recibe se aceptan o rechazan dentro de los 8 días hábiles siguientes al inicio del mes siguiente. Sin aceptación, no sirven como crédito de IVA ni como gasto.
  • Formulario 270: reporte de las compras, ventas y gastos que no tienen comprobante electrónico. Desde enero de 2026 es mensual; los meses de 2026 se pueden presentar juntos hasta el 25 de enero de 2027, y desde 2027 se presenta dentro de los primeros 25 días de cada mes.
  • Planilla de la CCSS: si tiene empleados, la planilla se reporta cada mes en la Oficina Virtual de la CCSS y se paga en la fecha que indica la factura.

Cada trimestre

Quien está en el Régimen Especial Simplificado declara cada tres meses con los formularios 104, 105 y 153, a más tardar el 15 de enero, abril, julio y octubre.

Cada año

  • Renta (formularios 101 y 102): el período fiscal es el año calendario, del 1 de enero al 31 de diciembre. La declaración vence el 15 de marzo del año siguiente o el siguiente día hábil. La del período 2025 venció el 16 de marzo de 2026.
  • Pagos parciales de renta: tres adelantos del impuesto del año, en junio, setiembre y diciembre, calculados con base en lo que pagó en años anteriores.
  • Impuesto a las personas jurídicas: las sociedades lo pagan en enero, aunque no tengan movimiento.
  • Aguinaldo: se paga a los colaboradores a más tardar el 20 de diciembre.

Ojo con los calendarios viejos: algunos todavía usan el período fiscal de octubre a setiembre. Desde la reforma, la renta se calcula por año calendario y se declara en marzo.

Próximos vencimientos

Fechas calculadas con la regla de cada obligación. Si un día resulta inhábil por un feriado, el plazo pasa al siguiente día hábil.

FechaObligación
Lunes 16 de noviembre de 2026IVA de octubre (el 15 cae domingo)
Martes 15 de diciembre de 2026IVA de noviembre
A más tardar el domingo 20 de diciembre de 2026Pago del aguinaldo (conviene pagarlo el viernes 18)
Último día hábil de diciembre de 2026Tercer pago parcial de renta
Viernes 15 de enero de 2027IVA de diciembre y Régimen Simplificado del cuarto trimestre
Enero de 2027Impuesto a las personas jurídicas (confirme la fecha que publique Hacienda)
Lunes 25 de enero de 2027Formulario 270 de los meses de 2026
Lunes 15 de febrero de 2027IVA de enero
Lunes 15 de marzo de 2027Renta del período 2026 e IVA de febrero

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Esta guía es informativa y resume la normativa vigente a la fecha de revisión. Las reglas tributarias cambian con frecuencia; antes de tomar una decisión, consulte su caso con un contador.

Fuentes

  1. Ministerio de Hacienda: presentación de declaraciones tributarias, setiembre de 2026
  2. Ministerio de Hacienda: comunicado CP11-2026 sobre la declaración de renta 2025
  3. Teletica: Hacienda lanza TRIBU-CR (6 de octubre de 2025)
  4. Siempre al Día: cambios en declaraciones tributarias con TRIBU-CR
  5. KPMG: informativa de operaciones sin comprobante electrónico
  6. EY: impuesto a las personas jurídicas, período 2026
  7. CRHoy: pagos parciales del impuesto sobre la renta
  8. MTSS: comunicado sobre el pago del aguinaldo

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